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El tiempo máximo que puede durar una baja: las 3 cosas que pueden ocurrir si lo pasas

Te explicamos el tiempo máximo que puedes estar de baja y cuánto se cobra

Es muy común que durante el invierno aumenten el número de bajas en las empresas. El frío y el mal tiempo aumentan el número de trabajadores que enferman y que tienen que solicitar la baja médica en su empresa.

La incapacidad temporal (IT) se conoce como el tiempo que necesita el trabajador para recuperar su salud y durante la cual no puede acudir a su puesto de trabajo. El trabajador tiene diferentes derechos dependiendo del régimen de la Seguridad Social en el que se encuentre. Existen tres tipos:

1. El régimen especial por cuenta propia, es decir, los trabajadores autónomos

2. El régimen especial de empleados de hogar

3. El régimen general de trabajadores por cuenta ajena

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El tiempo que puedes estar de baja

En situaciones normales, una baja puede durar como máximo 365 días. Si se sobrepasa ese plazo, se pueden producir una de estas situaciones:

1. El trabajador puede ser dado de alta.

2. Se puede prorrogar  la baja de forma excepcional con una duración de hasta 180 días.

3. Se puede iniciar el trámite para que al trabajador se le reconozca la Incapacidad Permanente (IP).

Un médico durante una consulta con una paciente
En situaciones normales, una baja puede durar como máximo 365 días | Getty Images

El dinero que puedes cobrar estando de baja

Durante el periodo en el que el trabajador no puede acudir a su puesto de trabajo, no recibe su salario estipulado. Sin embargo, puede percibir una serie de ingresos a través de una prestación por incapacidad temporal.

Si la baja es por contingencias comunes, los primeros 3 días de baja no se cobra nada. A partir del cuarto día hasta el día 20,se cobra el 60% de la base reguladora. Desde el día 21, se cobra el 75% de la base reguladora.

Si la baja es por contingencias profesionales, se cobra el 75% de la base reguladora desde el día siguiente a la baja. Eso sí, el coste de la baja laboral del trabajador lo paga la Seguridad Social o una Mutua.

Los porcentajes son los mínimos que garantiza la ley que debe percibir cada trabajador. En la mayoría de casos, se deberá consultar el convenio colectivo para saber si se pueden incorporar mejoras a favor del trabajador. 

Diferentes tipos de bajas laborales

Dependiendo de la situación en la que se encuentre el trabajador, puede acogerse a diferentes modalidades de bajas laborales. Te indicamos a continuación los tipos de bajas más comunes:

Bajas por contingencias comunes

El trabajador no puede trabajar por una enfermedad común o por un accidente que se ha producido fuera del horario laboral.

Chica con un termómetro en las manos y tocándose la frente
La baja por contingencias comunes es cuando la persona está de baja por una enfermedad común | StudioRoman

Bajas por contingencias profesionales

En este caso, el trabajador está de baja tras contraer una enfermedad o por un accidente durante el horario laboral. El trabajador, por tanto, está de baja y no tiene que acudir a su puesto de trabajo, pero dependiendo del tipo de baja se recibirá una cuantía de dinero distinta.

Situación Covid-19

Durante la época de pandemia, los contagios que sufrían los trabajadores por coronavirus o por el confinamiento eran consideradas contingencias comunes. Sin embargo, el dinero que percibían los trabajadores era como si fuera una contingencia profesional. 

En el caso de que el contagio fuera en el trabajo, será considerado como un accidente laboral.

Baja laboral por menstruación dolorosa

Esta ley aún no ha entrado en vigor. Se aprobó el pasado 17 de mayo en el Consejo de Ministros.

Mujer apretándose la zona de la barriga y los ovarios
La baja por una menstruación dolorosa aún no ha entrado en vigor, pero ya se ha aprobado | Getty Images

Requisitos para percibir la baja laboral

Es necesario cumplir algunos requisitos para poder percibir la baja laboral. Estos son:

- Estar dado de alta en la Seguridad Social.

- Si la baja es por contingencias comunes, es necesario haber cotizado al menos 180 días en los 5 años anteriores.

- Si la baja es por contingencias profesionales, no es necesario tener cotizaciones acumuladas.