El SEPE ha decidido enviar este aviso a todas aquellas personas que hayan recibido durante el año pasado una subvención del estado. Bien fuese el paro o un subsidio por desempleo.
Y es que ahora los ciudadanos que hayan disfrutado de una de esas prestaciones, necesitarán el certificado de IRPF correspondiente. Así que aquí te explicamos por qué y cómo obtenerlo.
Dato importante. Como decimos y como nos gustaría recordar, esto solo es necesario para aquellas personas que hayan cobrado el paro o un subsidio por desempleo del estado durante el año pasado, es decir, durante 2022.
Da igual si has estado cobrando la prestación durante todo el año o, en cambio, solo durante unos meses. Pero ahora el SEPE advierte de que debes de tener en posesión el certificado de IRPF de dichas subvenciones recibidas.
Pero, primeramente, vamos a explicar claramente, en qué casos se necesita obtener este certificado. Primero, aquellos que hayan solicitado el paro al finalizar una actividad laboral por cuenta ajena: "prestación contributiva por desempleo".
Para pedir la prestación contributiva por desempleo hay que cumplir una serie de requisitos. Uno de ellos, y casi el más importante, es haber cotizado al menos un año a la seguridad social. Si no se tiene esta cotización, no se podrá optar a cobrar el paro.
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Otro de los requisitos es que la actividad laboral que se estuviese llevando a cabo haya cesado por parte de la empresa. Pues si uno cesa esa actividad de forma voluntaria, tampoco tiene derecho a este tipo de prestación.
Luego se encuentra el otro tipo de prestación: el subsidio por desempleo. Este se lo conceden a todas aquellas personas que cumplan otra serie de requisitos. Y esta subvención solo es válida para aquellas personas que no hayan cotizado todavía un año a la seguridad social.
Así, este subsidio se lo conceden a aquellos que tengan responsabilidades familiares, siempre y cuando hayan cotizado tres meses. Y si no tienen dichas responsabilidades, entonces piden haber cotizado, al menos, seis meses. La duración de este y su cuantía dependerá de los meses cotizados y del tipo de contrato que haya cesado.
Ahora bien, ya entendidos estos dos tipos de ayudas, quienes hayan percibido alguna de ellas durante 2022, tendrán que tener el certificado del IRPF.
Hay que recordar que el IRPF es el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Y al igual que se declara en salarios, tanto por cuenta ajena como propia, también hay que declararlo en cuestión de ayudas del estado.
Así lo expresa el artículo 17 de la ley de IRPF. "Se considerarán rendimientos íntegros del trabajo todas las contraprestaciones o utilidades, cualquiera que sea su denominación o naturaleza, dinerarias o en especie, que deriven, directa o indirectamente, del trabajo personal o de la relación laboral o estatutaria y no tengan el carácter de rendimientos de actividades económicas".
Así, de manera particular, se establecen: "Los sueldos y salarios, las prestaciones por desempleo, las remuneraciones en concepto de gastos..." y un sin fin más de ellas.
Para conseguirlo solo debes entrar en la sede electrónica del SEPE y a través de la opción "certificados de prestaciones", lo podrás obtener. Para ello, necesitarás la cl@ve, el certificado digital o el DNI electrónico.