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Billetes de 50 y 20 euros en una mano, sobre una mesa de madera

Las personas que sí pueden cobrar el Ingreso Mínimo Vital aunque tengan trabajo

El Ingreso Mínimo Vital también puede llegar a muchos trabajadores

Puedes tener la opción de cobrar el Ingreso Mínimo Vital aunque tengas trabajo y cobres un sueldo. Para ello, sin embargo, hay que cumplir un requisito, además de los básicos para cobrar esta ayuda.

Desde que en 2020 se puso en marcha este subsidio, ha llegado ya a más de 1,2 millones de personas. Si bien es un número elevado de personas, no alcanza, por el momento, al número real de personas que tienen derecho a cobrarlo.

Lo que ocurre es que hay una gran cantidad de personas que podrían ser beneficiarios del mismo, que no saben que pueden optar a este pago extra. Y es que, aunque parezca raro, es una ayuda que puede obtenerse incluso trabajando, aunque solo en ciertos casos.

Un hombre con camisa y corbata contando billetes de 50 euros
El Gobierno pretende asegurar una renta mínima garantizada | Getty Images

Para entender esto hay que tener en cuenta que este Ingreso Mínimo Vital no es como tal una prestación. Se trata más bien de una forma que tiene el Estado de garantizar un mínimo de ingresos a las personas y familias en peores condiciones económicas.

Precisamente por ello tiene ese nombre, el Gobierno concede un pago extra a aquellas personas que considera que, sin él, no llegan a obtener una renta suficiente para poder vivir. Esto implica que este ingreso extra puede cobrarse también mientras se cobra un sueldo, una pensión o el paro, si estos ingresos están por debajo de la renta que el Estado quiere garantizar.

El único requisito para cobrar el Ingreso Mínimo Vital y un sueldo

Así pues, una vez que ha quedado claro que sí se puede cobrar este ingreso mientras se cobra un sueldo, hay que saber cómo.

Pues bien, no está de más mencionar que para poder obtener el Ingreso Mínimo Vital hay que cumplir primero con todos los requisitos que se piden para ello: Es decir, tener residencia en España y estar en situación de vulnerabilidad económica, principalmente.

Sacando dinero en un cajero
Hay que tener en cuenta las unidades de convivencia | Getty Images

Además de esto, hay que tener en cuenta la renta garantizada. Las personas que quieran cobrar el Ingreso Mínimo Vital y seguir cobrando su sueldo tienen que estar por debajo de unos ingresos mensuales. Estos ingresos los marca esta renta garantizada y la situación familiar.

La cantidad que podrá cobrar cada persona será la diferencia entre la renta garantizada que les corresponde y los ingresos mensuales que tenga. Así pues, veamos las diferentes situaciones: 

  • En unidades de convivencia de un adulto, la renta garantizada es de 565,37 euros.
  • En unidades de convivencia de un adulto y un menos o dos adultos, la renta garantizada es de 734,99 euros.
  • En unidades de convivencia de un adulto y dos menores, dos adultos y un menor o tres adultos, la renta garantizada es de 904,60 euros.
  • En unidades de convivencia de un adulto y tres menores, dos adultos y dos menores o tres adultos y un menor o por cuatro adultos, la renta garantizada es de 1.074,21 euros.

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  • En unidades de convivencia de un adulto y cuatro o más menores, dos adultos y tres o más menores o tres adultos y dos o más menores, o por cuatro adultos y un menor, la renta garantizada es de 1.243,83 euros
  • En unidades de convivencia monoparentales de un adulto y un menor, la renta garantizada es de 859,37 euros.
  • En unidades de convivencia monoparentales de un adulto y dos menores, la renta garantizada es de 1.028,98 euros.
  • En unidades de convivencia monoparentales de un adulto y tres menores, la renta garantizada es de 1.198,60 euros.
  • En unidades de convivencia monoparentales de un adulto y cuatro o más menores, la renta garantizada es de 1.368,21 euros.

Pongamos un ejemplo con una unidad de convivencia de dos adultos y un menor. Las personas de esta familia tienen marcada una renta garantizada de 904,60 euros. Si la persona solicitante del Ingreso Mínimo Vital tiene un trabajo a tiempo parcial por el que ingresa 600 euros, podrá recibir 304,6 euros. Es la cantidad que le falta a los 600 euros para llegar a la renta mínima garantizada en su caso.