El Ingreso Mínimo Vital ha llegado a más de 1,3 millones de personas y a más de medio millón de hogares. La prestación, tras casi dos años desde su puesta en marcha, se ha consolidado. Sobre todo, para aquellas familias con escasos recursos en España.
Desde su creación, el Ingreso Mínimo Vital está pensado para ayudar económicamente a las personas con pocos ingresos. Sin embargo, su cobro no es indefinido. Se deja de percibir cuando los ingresos superan la renta garantizada.
Aunque, la administración también puede suspender e incluso cesar de forma definitiva el pago cuando los beneficiarios incumplen una serie de particularidades.
La Seguridad Social lo explica de forma tajante en su página web. El cobro de esta prestación "se mantendrá mientras existan los motivos que dieron lugar a su concesión". Además, también deben cumplirse los requisitos y obligaciones previstos en la Ley.
Si esto no ocurriera, la administración actuará para poder suspender el cobro.
El reglamento plantea diferentes situaciones en las que es posible que se suspenda el cobro de la prestación. Este cese se puede producir a partir del primer día del mes siguiente al de la causa de suspensión. También, cuando la Seguridad Social tenga constancia de la causa de la suspensión.
Las causas para suspender el cobro del Ingreso Mínimo Vital son:
1. Dejar de tener algunos de los requisitos imprescindibles para poder obtenerlo
2. Incumplir de forma temporal algunas de las obligaciones que se exigen para poder percibir la prestación. Puede ser tanto el beneficiario como alguna de las personas de su unidad de convivencia
3. Que detecten evidencias de que se incumplen obligaciones o requisitos para poder obtener el Ingreso Mínimo Vital. Puede ser por el beneficiario o por su unidad de convivencia y en tal caso, la suspensión se trataría de una medida cautelar
4. Movilizarse al extranjero por un periodo menor a 90 días sin comunicarlo a la entidad. Esta medida es cautelar
5. No presentar la declaración de la Renta durante dos ejercicios correlativos
6. No entregar en el plazo que se establece la comunicación del mantenimiento o la modificación de los certificados. Ya sean expedidos por los servicios sociales o las organizaciones del tercer sector, esta es otra medida de carácter cautelar
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7. No cumplir los límites de renta y patrimonio
8. Cualquier otra causa que determine que no cumple con las condiciones
La Seguridad Social también tiene en su poder la capacidad de extinguir, es decir, te lo quite de forma definitiva, el cobro de esta ayuda que percibe un usuario. Los efectos suelen aplicarse desde el primer día del mes siguiente al de la causa de la extinción. También, puede ocurrir desde que el organismo tenga conocimiento de los errores.
Las principales causas para extinguir el Ingreso Mínimo Vital a cualquier ciudadano son:
1. Mantener durante un año la suspensión del mismo
2. De forma definitiva, perder algunos de los requisitos para cobrarlo
3. Que se produzca el fallecimiento del titular que lo tiene que cobrar
4. Irse al extranjero sin comunicárselo a la Seguridad Social por períodos superiores a 90 días
5. Incumplir de forma reiterada en las condiciones para poder conciliar el Ingreso Mínimo Vital con el trabajo por cuenta ajena o propia
6. Por una resolución de un proceso sancionador
7. Por cualquier otra causa que determine que no cumple con los requisitos