Atento a lo que debes hacer si quieres adquirir un coche de segunda mano. Y es que es de obligado cumplimiento cambiar la titularidad de cualquier tipo de vehículo cuando se produce una transferencia.
Estamos hablando de que el comprador puede actualizar esa titularidad del vehículo hasta un máximo de 90 días desde que se firma el contrato. Y una vez sea efectivo, un permiso de conducir se enviará con la ITV en vigor.
¿Qué nos puede ocurrir en caso de que no hayamos sacado ese trámite? Pues tendremos una multa que puede rondar entre los 80 y los 200 euros.
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Por lo que debemos andar con ojo para no llevarnos un disgusto a modo de sanción. Aquí te explicamos todo lo que tienes que hacer para acometer un cambio de titularidad cuando compras un vehículo de segunda mano.
Para realizar este trámite pueden tomarse dos opciones. Realizarlo en el registro en la página web de la DGT en el apartado 'Cambio de titularidad, presentación general' o bien de manera presencial.
Si optamos por esta segunda opción hay que acudir a las oficinas o jefatura de tráfico. Y en cuanto a las excepciones para acometer este trámite en la DGT, están la transferencia en la que exista una compraventa, un vendedor comprador con tutela, o bien el fallecimiento del titular, herencias, separación, divorcio o ruptura.
Tampoco no es posible realizarlo a través de la Dirección General de Tráfico cuando estamos hablando de donaciones de vehículos históricos con más de un titular y adjudicados en una subasta.
En todos estos casos, el comprador tendrá que llevar a cabo la solicitud a través del Registro Electrónico Común de la Administración General del Estado.
Tendrá que meterse en el apartado 'Cambio de titularidad, casos excepcionales'. Pero no solo es necesario ejecutar dicho trámite a través de Internet, sino que en cualquier oficina o Jefatura de Tráfico también será posible hacer este mismo trámite.
Para solicitar este tipo de transferencias excepcionales a través de Internet, en primer lugar, hay que disponer de un DNI electrónico en vigor y acceder a 'Clave'.
Posteriormente, se descarga el programa 'Autofirma' y a partir de ahí se compra la tasa correspondiente a la DGT y se descarga el justificante. Más tarde, se hace del Registro Electrónico de la AGE, en el apartado de 'Cambio de titularidad, casos excepcionales'.
Se rellenan los datos en la solicitud del registro y se escribe la transferencia del vehículo y la matrícula del mismo en el asunto.
Justo después, se añaden los documentos escaneados y firmados a mano por ambas partes. Si estamos hablando de una compraventa entre particulares, hay que aportar el contrato firmado, el DNI del vendedor escaneado y el modelo 620 o el 621.
En caso de que sea una persona jurídica al vendedor, también hay que añadir la factura de compraventa, el CIF del vendedor y el DNI de la persona que firme el documento.
A continuación, se registra la solicitud y se conserva el justificante. Y una vez realizado este trámite se estudiará y enviará la resolución de la misma.
En cuanto a la tasa, que se consulta a través de la web de la Dirección General de Tráfico, asciende a 55,70 euros. En caso de los ciclomotores serían 27,85 euros y 8,67 para vehículos procedentes de la península y Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla.